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MUNICIPALIDAD DE SANTA ELENA, HACE RECORDATORIO SOBRE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGLAMENTA EL USO Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA

 
La Ilustre Municipalidad de Santa Elena, que dirige el Alcalde Otto Vera Palacios, con el compromiso de encaminar a la ciudadanía en el fiel cumplimiento de la Ley y Ordenanzas Vigentes para de manera conjunta y ordenada alcanzar una convivencia armoniosa de progreso y desarrollo: Recuerda a la ciudadanía de todo el Cantón Santa Elena, que de conformidad a lo que dispone el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y la Ordenanza Sustitutiva que Reglamenta el Uso y Ocupación de la Vía Pública, cuyos enunciados señalan: Art. 59.-“Queda terminantemente prohibida la instalación de pancartas o letreros fabricados en tela, plástico o de cualquier otro material, que sea ubicado atravesando la vía pública, sin el permiso municipal”. Art. 89.-“Se prohíbe la vagancia de animales en la vía pública…”. Esto se refiere a los semovientes como vacas, caballos, burros, etc., que deambulen por las carreteras y vías transitables de toda la jurisdicción cantonal. Conciudadanos: el cumplimiento de las Leyes y Ordenanzas, nos evitará sanciones e inconvenientes en el normal desenvolvimiento de nuestras actividades.